02 de Junio, 2020.

La Procuración Penitenciaria de la Nación emitió una nueva Recomendación para la instalación de líneas telefónicas habilitadas para la recepción de llamadas en todos los sectores de alojamiento del Servicio Penitenciario Federal.

Frente al actual contexto de emergencia sanitaria y ante la suspensión de las  visitas en los establecimientos penitenciarios por la Disposición Nacional de aislamiento social, preventivo y obligatorio, el Procurador Penitenciario de la Nación formuló una nueva Recomendación destacando la necesidad de que todas las personas privadas de libertad puedan recibir llamadas telefónicas en sus sectores de alojamiento.

La PPN entiende que, ante la cancelación de las visitas como consecuencia de la pandemia, deben diseñarse estrategias de compensación, como las implementadas a partir del sistema de videollamadas y la entrega gratuita de tarjetas telefónicas, pero que, al resultar insuficientes para la mayoría de la población penal, deben ejecutarse nuevas medidas en esta dirección. La instalación y/o conversión de las líneas telefónicas en bidireccionales o bien la instalación de líneas destinadas exclusivamente a la recepción de llamadas en todos los sectores de alojamiento del SPF, surge como una medida necesaria en este sentido.

Tal como se menciona en la Recomendación, este servicio funciona actualmente en distintos establecimientos del SPF -o en algunos sectores restringidos dentro de estos-, de modo tal que la propuesta radica en extender la prestación a la totalidad de los sectores de alojamiento, garantizando de esta forma la igualdad en el acceso a este derecho entre las personas privadas de libertad.

En el documento se destaca la importancia fundamental de las conversaciones telefónicas entre las personas privadas de libertad y sus familiares, dado que son uno de los principales medios que cuentan para acompañarse y contenerse durante el tránsito por un momento tan doloroso para unos y otros como lo es el encierro. Ante la ausencia de las jornadas de visita, la centralidad de las comunicaciones telefónicas se sobredimensiona, dado que se transforman en la vía exclusiva de contacto entre las personas presas y sus familiares.

También se menciona que la incertidumbre y los temores al contagio que pueden surgir frente a la nueva situación de pandemia pueden verse aumentados por la ausencia de comunicación directa entre los miembros de la familia afectando su salud mental, por lo que una comunicación fluida con los seres queridos resulta imprescindible para aminorar tales efectos.

La posibilidad de recibir llamadas es una demanda por parte de las personas privadas de libertad, la PPN y otros Organismos que existe con antelación a la emergencia sanitaria en curso, y que ante el contexto actual, se torna más urgente y necesaria. Al respecto corresponde mencionar la Causa FSM 34336/2016 que tramita  ante el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional Nº 2 de Morón en el marco de la cual, el 28 abril de 2020, se encomendó a la Dirección Nacional del SPF la instalación y/o conversión de las líneas de Telefonía Pública Funcional (TPF) del CPF II de Marcos Paz en bidireccionales. Asimismo, dispuso que en un plazo de treinta días todos los responsables (SPF, empresa de telecomunicaciones, entes de control, etc) se avoquen a instrumentar las soluciones del caso para instalar el servicio.