23 de Julio, 2014.

El Presidente de la Cámara Federal de Casación Penal, Dr. Mariano Borinsky, puso en conocimiento de los tribunales de la jurisdicción la inquietud de la Procuración Penitenciaria a fin de que la documentación personal de cada persona detenida sea remitida a los establecimientos donde reside cada titular, de modo de facilitar algunos trámites y el ejercicio de derechos, como el de votar.

El artículo 171 de la ley 24.660, señala, con relación a la debida asistencia social que deben recibir las personas detenidas que “se velará por la regularización de los documentos personales del interno” y que “la documentación que traiga consigo, se le restituya o se le obtenga, se depositará en el establecimiento, para serle entregada bajo constancia, a su egreso”.

La Procuración Penitenciaria viene señalando múltiples inconvenientes con relación a la situación documental de las personas privadas de libertad. La falta de disponibilidad del DNI en el lugar de encierro es uno de ellos. La ausencia de DNI al momento de las alecciones, por ejemplo, impide que las personas empadronadas puedan votar, y traba o complica trámites personales varios.

Según pudo relevar la PPN, muchas veces el documento se encuentra depositado en el juzgado donde tramita la causa y en virtud de ello, se sugirió a los tribunales que los documentos de las personas detenidas sean remitidos a la mayor brevedad posible a la Dirección de Asistencia Social de la Dirección Nacional del Servicio Penitenciario Federal, quien se encarga de remitirlos a cada establecimiento que corresponda.