23 de Julio, 2014.

La Procuración Penitenciaria de la Nación presentó hoy un recurso de casación. 

La Procuración Penitenciaria de la Nación presentó hoy un recurso de casación contra la decisión de la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional que aunque confirmó el fallo de la jueza Wilma López, a cargo del Juzgado de Instrucción N° 38, que habilitó el ingreso de la PPN a los institutos de menores dependientes de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENNAF) poniendo fin así a más de 5 años de disputa legal entre los organismos, exigió a la Procuración que acredite contar con planes de abordaje adecuados y personal idóneo para desarrollar sus tareas con carácter previo a realizar cualquier tipo de inspección o actividades de monitoreo.

La discusión entre la SENNAF y la PPN comenzó alrededor del año 2009, cuándo el organismo dictó una resolución que impedía que la PPN pueda acceder a los institutos que alojan a niños, niñas y adolescentes privados de su libertad a fin de monitorear su funcionamiento, verificar las condiciones de detención e investigar y documentar posibles casos de tortura o malos tratos. Esta política del organismo dejó virtualmente desprotegidos a los niños allí alojados, que durante años contaron únicamente con la asistencia de una comisión especial de la Defensoría General de la Nación. Pero, el pasado 14 de junio, la situación se revirtió a raíz de una acción de habeas corpus presentada por la Procuración que fue acogida favorablemente por la Justicia.

Dicho pronunciamiento dejó sin efecto la resolución de la SENNAF y reconoció que los niños, niñas y adolescentes detenidos tienen derecho a contar la asistencia de un órgano independiente y especializado como la PPN, tanto para canalizar sus reclamos, como para evitar posibles abusos por parte del personal de los institutos. Pero el fallo fue apelado por la Secretaría que si bien manifestó su voluntad de cumplir con la Ley 26.827, no emprendió acciones concretas para hacerlo y, al mismo tiempo, intentó revertir la decisión de la jueza Wilma López. El pasado 7 de julio, llegó el fallo de la Cámara que aunque convalidó lo actuado por la magistrada, condicionó el ejercicio de las atribuciones de la PPN al cumplimiento de requisitos no previstos por el ordenamiento legal. 

Por esta razón, la PPN recurrió la decisión ante la Cámara de Casación argumentando que se trata de un fallo arbitrario que avanza sobre la independencia funcional del organismo e invade funciones propias del Poder Legislativo, que es la institución responsable de controlar el funcionamiento de la Procuración, y fundamentalmente resaltando que se trata de un pronunciamiento contradictorio que aunque reconoce la gravedad de la situación y que la SENNAF ha obstruido el accionar de la Procuración de forma ilícita, prolonga en el tiempo el estado de indefensión de los niños, niñas y adolescentes privados de su libertad que, de este modo, siguen expuestos a todo tipo de peligros. 

 

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