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Voto en las cárceles

Desde la Procuración Penitenciaria reclaman por el derecho a votar de los condenados

A días de las PASO, el organismo insistió que se trate su proyecto de ley que habilita el sufragio para quienes cumplen sentencia en cárceles federales en línea con un fallo de 2016 de la Cámara Nacional Electoral.

2021 07 21 Carcel Coronda Santa Fe
Cárcel de Coronda. | El Litoral

A días de las Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias, la Procuración Penitenciaria de la Nación (PPN) volvió a reclamar por el derecho al voto de las personas condenadas, hoy vedadas de esa posibilidad, que se estiman en cerca de 6 mil en las cárceles federales. De igual modo, demandan que se respete el derecho a sufragar de aquellos privados de la libertad y sin condenas firmes que se encuentran alojados en la órbita de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires, la Policía Federal Argentina y la Prefectura Naval Argentina.

En 2016, la Cámara Nacional Electoral declaró inconstitucional la prohibición de voto para las personas condenadas a raíz de un amparo interpuesto por la PPN dos años antes junto con la Asociación por los Derechos Civiles. “Sin embargo, cinco años después de aquel fallo que establece que se cree una ley especial para que puedan votar, la situación sigue siendo la misma. Hoy por hoy, solo están habilitados para votar los procesados, que son aproximadamente el 60% de la población federal”, remarcó Ariel Cejas Meliare, procurador penitenciario adjunto interino.

Según remarcan desde el órgano a cargo de velar por los derechos de quienes se encuentran privados de su libertad, la única potestad que debería perder una persona en esta condición es la libertad ambulatoria. Pese a ello, y en paralelo “a otros derechos que se vulneran intramuros”, acorde a la Procuración, también subsiste el de votar, en el caso de los condenados y condenadas.

"Cinco años después del fallo de la Cámara Nacional Electoral que establece que se cree una ley especial para que puedan votar, la situación es la misma"

Actualmente en Argentina, solo las personas procesadas con prisión preventiva pueden emitir su sufragio. Por lo que en marzo pasado, el organismo presentó una vez más su proyecto de ley al Congreso, a través de la Cámara de Diputados, con el fin de revertir esta prohibición. “La exclusión del colectivo privado de libertad de ejercer su derecho electoral se traduce en una vulneración a la participación democrática de un sector de la sociedad”, recordó ayer en un comunicado.

En su fallo del 24 de mayo de 2016, la Justicia electoral había declarado la inconstitucionalidad de los incisos “e”, “f” y “g” del artículo 3º del Código Electoral Nacional y de los artículos 12 y 19 inciso 2° del Código Penal de la Nación y requirió al Poder Legislativo y al Ejecutivo que revise la reglamentación vigente a la mayor brevedad posible a fin de habilitar el derecho al voto de los condenados. Ante la falta de acción, fue la propia PPN la que se ocupó de avanzar con una iniciativa en ese sentido que se tramitó bajo el expediente N° 159/2016.

Asimismo, desde el organismo se envió una propuesta en el mismo sentido al entonces presidente de la Comisión de Reforma del Anteproyecto del nuevo Código Penal del Ministerio de Justicia de la Nación, dos años después, en 2018. Tampoco tuvieron respuesta. En paralelo, en 2014, se elevó un caso testigo ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que en 2019 solicitó información a la PPN pero no se pronunció al respecto. Y hay otros tres casos en estudio de la Corte Suprema de Justicia, de momento, sin fecha de resolución.

En cada penal, se habilita la mesa correspondiente con boletas de todas las provincias y se entrega al recluso la de su lugar de empadronamiento.

Tras el fallo en 2016, desde la Cámara Nacional Electoral se elaboró un Registro de Electores Privados de Libertad con el detalle de quienes se encuentran recluidos con prisión preventiva y el derecho inalterado aún. “El sistema para votar en las cárceles es realmente democrático: no hay robo de boletas, es boleta única, con lo cual no hay ningún tipo de posibilidad de fraude. Es el lugar más transparente que se puede garantizar en una elección”, resalta Cejas Meliare.

En cada penal, se habilita la mesa correspondiente con boletas de todas las provincias y el presidente de mesa le entrega al recluso la que le corresponde de acuerdo a su lugar de empadronamiento, así esté cumpliendo sentencia en la otra punta del país. No obstante ello, la Procuración Penitenciaria también alertó, en las últimas horas, para que se respete y garantice el derecho al sufragio de quienes no se encuentran detenidos con preventiva en una cárcel federal sino en los calabozos de la Policía Federal y Prefectura así como los de la Policía porteña.

A través de una nota enviada a la Cámara Nacional Electoral el pasado 6 de septiembre, la Procuración Penitenciaria detalló el caudal de personas detenidas en forma permanente en estas dependencias. Comprende las 16 alcaidías comunales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dos centros transitorios de detención en la Policía Federal y quienes permanecen alojados en la División de Investigación Penal y Administrativa (DIPA) de Prefectura.

MB / ED