25 de Abril. 2025.
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional revocó, este jueves 24 de abril, el insólito fallo del juez federal Ramos, emitido el pasado 28 de marzo, y reconoció expresamente la legitimación activa de la Procuración Penitenciaria de la Nación para representar al colectivo de estudiantes detenidos en cárceles del Servicio Penitenciario Federal.
La resolución de la Cámara respaldó los argumentos presentados por la PPN, que había solicitado la nulidad de la desacertada decisión del juez Ramos por haber resuelto el caso sin observar las normas legales aplicables.
El tribunal coincidió en que el fallo del magistrado contradecía lo establecido por las leyes 25.875 y 26.827, que reconocen el rol de la PPN en la defensa de los derechos de las personas privadas de libertad. Además, desconocía la trayectoria de más de 30 años de dicho organismo en la representación de personas detenidas y en la litigación estratégica para garantizar sus derechos fundamentales. Asimismo, ignoraba la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), que en múltiples oportunidades ha reconocido a la PPN como parte y ha avalado su labor en esta materia.
La Cámara enfatizó que “de no reconocerse legitimación procesal a la Procuración Penitenciaria de la Nación en estas actuaciones, que son de carácter excepcional, podría comprometerse seriamente el acceso a la justicia de los integrantes del colectivo cuya representación se pretende”. Con esta decisión, no solo reafirmó el marco legal que respalda el accionar de la PPN, sino que también subrayó su rol histórico como garante de los derechos humanos en contextos de encierro, especialmente en lo referido al acceso a la educación como herramienta de inclusión y rehabilitación.
El habeas corpus fue iniciado a raíz de la resolución 372/25 del Ministerio de Seguridad de la Nación, que restringe gravemente el acceso a la educación superior de las personas detenidas en cárceles del Servicio Penitenciario Federal. Esta medida afectó directamente a los estudiantes privados de libertad, cuyos derechos educativos se ven vulnerados por la nueva normativa. En este mismo expediente, el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N.º 16 ya hizo lugar a una medida cautelar solicitada por este organismo, la cual suspende los efectos de una de las dos disposiciones contenidas en la resolución ministerial (ver enlace a nuestra gacetilla anterior).
Cabe destacar que otras instituciones intervinientes en el caso, como la Comisión de Cárceles de la Defensoría General de la Nación, la Defensora Pública Oficial N.º 4 y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), también se presentaron ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional para solicitar que se reconociera la legitimación activa de la PPN. Fundaron su postura en la importancia de garantizar una adecuada representación de los derechos de las personas privadas de libertad, y adhirieron a los argumentos desarrollados por este organismo.