Recomendación Nº 459
Que en fecha 12 de marzo de 2004, por medio de la Recomendación 459, iniciada a raíz de las condiciones de habitabilidad en las que se encontraban las personas privadas de su libertad alojadas en el pabellón 2 bis y en celdas de aislamiento de la Unidad Nº 7 de Resistencia, Chaco, el Procurador Penitenciario resolvió recomendar al Sr. Director Nacional que implementase las medidas necesarias para hacer cesar las graves condiciones de vida en las que los internos alojados en el pabellón 2 bis y celdas de aislamiento cumplen su pena. Asimismo resolvió poner en conocimiento del Sr. Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos y del Sr. Secretario de Justicia y Asuntos Penitenciarios la presente recomendación.