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Organo judicial actuante: 
 CSJN
Fecha: 
 02/2006

CSJN. Lavado, Diego J. y otros v. Provincia de Mendoza y otros. (13/02/06)

SUMARIO: "Que resulta claro que la gravedad de la reiteración de los hechos que se denuncian, la ausencia de control y dominio adecuado en la Penitenciaría presupuestos de la existencia de aquéllos , exigen de la Corte el ejercicio del control encomendado a la justicia sobre las actividades de los otros poderes del Estado, más allá de la decisión que pueda recaer en el momento en que se expida sobre su competencia para entender en el caso por vía de la instancia prevista en el art. 117 CN.” 
“Frente a ello, y a las consecuencias que para el Estado argentino puede traer aparejada la subsistencia y falta de control de las condiciones de detención que se denuncian, la participación de este tribunal no puede ser vista más que como la mejor realización del funcionamiento del sistema representativo, republicano y federal que rige a la Nación y al que las autoridades todas se deben someter. Como tal, (el artículo 18 C.N.) impone al Estado la obligación y responsabilidad de dar a quienes están cumpliendo una condena, o una detención preventiva, la adecuada custodia que se manifiesta en el respeto de la vida de los internos, de su salud y de su integridad física y moral (Fallos 318:2002; 328:1146).”

VOCES: DERECHOS FUNDAMENTALES. ALCANCE DEL PODER JUDICIAL. RESPONSABILIDAD INTERNACIONAL DEL ESTADO.

CSJN. Lavado 13-02-06 fallo